La Delegación de Fomento responde a las dudas planteadas por los negocios locales

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La Delegación de Fomento responde a las dudas planteadas por los negocios locales

23/04/2020

En materia del desempeño de la actividad comercial, abastecimiento de productos y entrega a domicilio

Fomento ha habilitado un teléfono y correo para esclarecer dudas, además de elaborar una guía con recomendaciones que se entregará a cada negocio local

actividades permitidas-Covid19

La Delegación de Fomento y Desarrollo Económico, a propuesta de la asociación de comercios locales (ACUDES) ha resuelto las dudas planteadas por los asociados para el desarrollo de las actividades comerciales permitidas, según establece el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo de estado de alamar por Covid-19.

En rueda de prensa, la delegada Censi Romero ha estado acompañada por el Jefe de la Policía Local Miguél Ángel Rueda para responder a la batería de preguntas formuladas por dos miembros de la directiva de Acudes, Francisco García y Juan Arriaza.

El jefe de la policía local ha recordado que aquellos negocios que pueden abrir según la normativa, son los que proporcionan productos de primera necesidad en materia de alimentos, limpieza, higiene, medicamentos... Incidió, además, en que es imprescindible que el negocio esté dado de alta en el IAE en un epígrafe compatible para la realización de esa tipología de venta. Con relación a los comercios minoristas que tienen prohibida la apertura al público, Miguel Ángel Rueda mencionó que existe una opción permitida que es la "venta a distancia:online, correspondencia, telefónica …". Siempre y cuando esta venta se realice cumpliendo con todas las medidas de seguridad. También habría que tener en cuenta que al realizar una venta online hay que cumplir con las normativas vigentes para ejercer esta tipología de ventas.

Preguntas formuladas por ACUDES y respondidas por el Jefe de la Policía Local

 

P: Las peluquerías no pueden abrir el local al público pero ¿pueden ir a domicilio?

R: SI 

P: ¿Qué trabajos están autorizadas a realizar? 

R: Deben de limitarse a prestar el servicio a domicilio para personas con problemas de movilidad o discapacidad que así lo requieran. Las labores estéticas no entran dentro de esta labor asistencial.

P: ¿Es necesario algún tipo de documento para que estén autorizadas a realizar estos trabajos?

R: Lo suyo es llevar copia del alta en IAE de esa actividad.

P: ¿Sería conveniente que el cliente les firmara algún documento para justificar el acceso a su vivienda?

R: Para estar dentro de los casos de justificación del RD 463/2020 bastaría con un documento donde figurasen los datos del cliente/a al que se le ha prestado servicio con indicación de nombre, apellidos, domicilio, fecha y hora del servicio, datos que pueden ser corroborados por las autoridades.

P: En un negocio que tiene permitida la apertura al público, ¿qué medidas de seguridad serían convenientes?

R:

* Distancia mínima de dos metros de seguridad entre puestos de trabajo, disponiendo para ello y si fuera necesario de turnos rotativos para garantizar el espacio mínimo obligatorio por trabajador.

* Incrementar los servicios de limpieza profesional del puesto de trabajo, incidiendo especialmente en los cambios de turno.

* Instalación de dispensadores de jabón y de gel desinfectante en proporción al volumen de la plantilla.

* Uso individualizado de los puestos y herramientas de trabajo, como teclados, ratones, teléfonos u otros dispositivos, etc.

* Especial énfasis en el fomento del teletrabajo, siempre que se pueda realizar la actividad laboral en esta modalidad. 

P: En cuanto a los comercios minoristas que tienen prohibida la apertura al público: ¿qué medidas tiene que adoptar un comercio para realizar un reparto a domicilio?

R:

  • Higiene en el local donde se preparan los pedidos.
  • Condiciones de seguridad del personal que prepara los pedidos y realiza el reparto.
  • Informar a los clientes de las condiciones de la venta, sobre todo en lo referente a las devoluciones.
  • Llevar solo y exclusivamente los artículos pedidos, estando debidamente identificados con la dirección. Sería aconsejable el llevar ticket o algún documento de venta.
  • La entrega tiene que hacerse con todas las medidas de higiene y seguridad y el pago preferiblemente mediante un método sin contacto.

P: ¿Puede un cliente recoger un pedido en un comercio que se encuentra cerrado al público?

R: No

P: ¿Puedo abrir mi negocio a un cliente individualmente para poder atenderlo en exclusiva? 

R: No  

P: ¿Puede acompañar en el vehículo alguna otra persona distinta al titular del negocio durante el reparto a domicilio?

R: Es posible trasladarse en vehículo con causa justificada (trabajo, salud…) de manera INDIVIDUAL, permitiendo ser ocupado por más de una persona en caso de acompañar a menores, mayores, discapacitados, dependientes o causa justificada , como puede ser que el titular de la actividad carezca de permiso de conducir, debiéndose de adoptar las medidas de seguridad y salud marcadas en el RD463/2020.

P: ¿Puede un comercio llevar varias tallas, colores etc. de un producto para que el cliente lo elija?
R: No , dejaría de ser comercio online y pasaría a ser venta ambulante.

P: ¿Puede un menor de edad acompañar a sus padres en el comercio?

R: No deberán de quedar a cargo de familiar o persona que los cuide habitualmente mientras estos trabajen, cesando dicha justificación cuando los padres hayan finalizado su actividad laboral.

P: ¿Qué documentación sería conveniente llevar para poder justificar ante los cuerpos de seguridad que estoy realizando un reparto a domicilio?

R: IAE de la actividad y ticket de venta del producto a entregar.

P: ¿Una ferretería o almacén de material de construcción podría atender en el negocio a fontaneros, constructores o algún otro tipo de trabajador? ¿y en caso de ser para una reparación de urgencia?

R: A los profesionales no habría ningún problema en la atención en el comercio, a particulares a través de  venta online con entrega a domicilio.

Al término de la rueda de prensa, la delegada de Fomento y Hacienda Censi Romero trasladó a los representantes de ACUDES todo el apoyo del Ayuntamiento y les comunicó que se está estudiando todas las inquietudes que les han planteado, para adoptar aquellas medidas y ayudas que contribuyan a fortalecer el comercio y negocio cuerveño, ante las consecuencias que está causando la pandemia en la economía local.

Asimismo, les recordó que la Delegación de Fomento ha habilitado un teléfono concreto y un correo electrónico, donde pueden trasladarle todas las dudas sobre el desempeño de la actividad comercial, abastecimiento de productos y entrega a domicilio, y ha elaborado una guía de recomendaciones que se repartirá en cada comercio y negocio local. 
* Teléfono: 95597-9832

* Correo electrónico: fomento@elcuervodesevilla.es

Guía de recomendaciones para la actividad comercial por Covid-19 | Medidas para el abastecimiento de productos y entrega a domicilio