Ayudas públicas individuales para mayores de 65 años y personas con discapacidad

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Ayudas públicas individuales para mayores de 65 años y personas con discapacidad

08/07/2019

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 17 de julio

Más información en el Área de Servicios Sociales

A través de la Orden 13 de Junio de 2019, publicada en BOJA núm. 122, se regulan y convocan Ayudas Públicas Individuales para personas mayores y personas con discapacidad, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación para el ejercicio 2019.

  • Requisitos para los mayores de 65 años:
    • Tener reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33% ( a efectos de la presente subvención no se quipara la incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez al 33% de discapacidad).
    • Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia del año 2017 ( personas que convivan y estén empadronadas con la persona solicitante) no sea superior a 7.455,14 euros ( IPREM del año 2017).
    • Vecindad administrativa en algún municipio de Andalucía.
    • Disponer de un presupuesto cierto.

  • Concepto subvencionable: Adaptación de vehículos a motor, adquisición, renovación y/o reparación de prótesis y órtesis auditivas, oculares y dentales, que no se encuentren en el catálogo de prestaciones ortoprotésicas del SAS, siempre que se cumplan los requisitos de la base reguladora.

  • Requisitos para las personas con discapacidad:
    • Tener reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33% ( a efectos de la presente subvención no se quipara la incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez al 33% de discapacidad).
    • Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia del año 2017 ( personas que convivan y estén empadronadas con la persona solicitante) no sea superior a 7.455,14 euros ( IPREM del año 2017).
    • Vecindad administrativa en algún municipio de Andalucía.
    • Disponer de un presupuesto cierto.

  • Concepto subvencionable: Adaptación de vehículos a motor, adquisición, renovación y/o reparación de prótesis y órtesis auditivas, oculares y dentales, que no se encuentren en el catálogo de prestaciones ortoprotésicas del SAS, siempre que se cumplan los requisitos de la base reguladora.

Para más información pueden dirigirse al Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento, ubicada en la calle 4 de diciembre, 12, en horario de 8 a 14 horas.