Bando de Alerta por Sequía

BANDO

Bando de Alerta por Sequía

BANDO

  1. JOSE MANUEL OLIVA ARELLANO ALCALDE- PRESIDENTE DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE EL CUERVO DE SEVILLA

HACE SABER:

Que, las escasas precipitaciones registradas en los últimos ejercicios y los aportes que ha recibido el embalse del Huesna han resultado insuficientes para compensar el agua captada para abastecer a las poblaciones adheridas al sistema del Consorcio de Aguas del Huesna.

De acuerdo con el Plan Especial de Sequía de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir   y  en  cumplimiento   del  Plan  de  Gestión  de  Riesgo  por  Sequía  del Consorcio de Aguas del Huesna, se ha declarado el inicio de la situación de ALERTA, el segundo de tres estados de sequía, que contempla una serie de recomendaciones.

Desde esta Alcaldía se hace un llamamiento a la ciudadanía, organismos, empresas y servicios municipales para que empleen el agua de manera racional y responsable, realizando  un  uso  eficiente  de  un  recurso  limitado  que  contribuy  a  preservar  las reservas actuales del embalse del Huesna.

De esta forma, se solicita a vecinos y vecinas que adopten medidas para conseguir un ahorro efectivo de agua en hogares y comercios

En el riego de parques y jardines:

  • Realizar el riego exclusivamente en horas comprendidas entre el atardecer y el amanecer, preferiblemente entre las 21h. y las 8 h.
  • El riego ha de ser el mínimo indispensable para garantizar el mantenimiento  de las especies y siempre mediante goteo o riego por aspersión. En ningún caso, se debería llevar a cabo el riego a manta.
  • Evitar el riego los días de lluvia.
  • El riego sólo deberá realizarse un máximo de 2 veces por semana.
  • Incrementar las acciones de instalación de elementos de ahorro y eficiencia del riego de parques y jardines públicos.
  • Evitar la plantación de césped, plantas ornamentales o árboles que requieran de algún tipo de riego con agua potable.
  • Ajustar temporizadores de riego.
  • Limitación del uso de agua de la red general para riegos y baldeos.

En relación a las piscinas:

 

  • Solo deberían llenarse  completa  o parcialmente  aquellas  piscinas  que cuenten con un sistema cerrado de depuración, que empleen, exclusivamente, el agua imprescindible  para mantener su salubridad y/o poder hacer la limpieza de sus filtros y demás instrumentos que la componen.
  • Aquellas piscinas  que se suministren  con agua de pozo y cuyos sobrantes  no vierten   a   la   red   de   saneamiento   de   la   ciudad,   podrán   mantener   su funcionamiento habitual.
  • Los centros  escolares  que  cuenten  con  piscinas  desmontables  con  capacidad inferior a los 500l., podrán ser llenadas una vez por semana.
  • Las piscinas de nueva construcción no deberán ser llenadas.

Para la limpieza de calles y baldeos se recomendará:

  • Evitar la limpieza de calles y aceras salvo en casos de accidentes que hayan vertido productos o elementos que necesiten ser eliminados por razones de salubridad o motivos de seguridad ciudadana. En cualquier caso, la limpieza se realizará, preferiblemente,    mediante   agua   a   presión   y   con   el   mínimo imprescindible.
  • La limpieza de ventanas  y escaparates  sólo se debería  realizarse  empleando esponjas o cualquier otro utensilio que no sea un chorro continuo.
  • Quedan excluidos de estas prohibiciones las limpiezas que puedan hacerse con recursos diferentes a empleado en el abastecimiento de la población y que no pongan en riesgo su sostenimiento.

Además se solicita:

  • La aplicación de medidas para la reducción de agua no controlada.
  • El Incremento de las acciones ya iniciadas y destinadas a sustituir los contadores colectivos por los individuales  y, en la medida  de lo posible,  extender  los de lectura continua.

Finalmente, se quiere hacer partícipe a la ciudadanía de que la situación de sequía no afecta sólo al volumen de agua disponible en el embalse, sino también a la calidad de la misma, pues al ser captada cada vez más cerca del fondo del embalse su calidad empeora progresivamente. Si bien se ha ido adaptando el tratamiento de potabilización a las características cambiantes del agua bruta, no puede descartarse que propiedades organolépticas  del agua tratada tales como olor, color o sabor puedan verse negativamente  afectadas. A este respecto, es importante señalar que en ningún caso estas alteraciones organolépticas comportan riesgo alguno para la salud de los consumidores.

El agua suministrada cumple todas las exigencias del R.D. 3/2003, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro, y demás legislación vigente, estando por tanto garantizada su salubridad y aptitud para su consumo.

El Consorcio de Aguas del Huesna atenderá las consultas relacionadas con estas recomendaciones  de  consumo  responsable  en  sus  oficinas  de  atención  al  público, oficina virtual (www.aguasdelhuesna.com), teléfono de Atención al Cliente 954 998 900 y de Averías 24H 900 420 422.

Lo que se hace público para general conocimiento de toda la ciudadanía, agradeciendo su colaboración en el cumplimiento de lo dispuesto, que entra en vigor en la fecha de su publicación.

 

El Cuervo de Sevilla a fecha de firma electrónica.

 

 

Fdo. D. José Manuel Oliva Arellano

Alcalde - Presidente

 

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