Bases Concurso Local Online de Carnaval

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Bases Concurso Local Online de Carnaval

03/02/2021

Coplas en categorías Infantil y Adultos

El Plazo de Presentación de Solicitudes finaliza el 19 de febrero de 2021 a las 14 horas

BASES DEL CONCURSO LOCAL DE COPLAS ONLINE DE CARNAVAL 2021

Con motivo de la próxima edición del Carnaval 2021, y debido a la incidencia de la pandemia de Covid ’19, la Delegación de Fiestas convoca el Concurso local de Coplas online de carnaval, de acuerdo con las siguientes bases reguladoras:

Artículo 1º. Objeto y finalidad de la convocatoria.

Otorgar los premios del Concurso local de Coplas online de carnaval 2021.

Artículo 2º. Aplicación presupuestaria.

El importe de los premios se cargará a la aplicación presupuestaria 05 338 481 00 Premios y becas.

Artículo 3º. Modalidades e inscripción.

Dada la especial situación en que nos encontramos, el concurso va dirigido a grupos de un máximo de cuatro personas que podrán participar en las siguientes modalidades:

- Presentación.

- Pasodoble.

- Tanda de Cuplés.

Artículo 4º. Inscripciones.

La inscripción deberá realizarse en el modelo oficial facilitado por el Ilmo. Ayuntamiento de El Cuervo de Sevilla (Anexo 1), en adelante Ayuntamiento, cumplimentando todos sus apartados, datos de todos los componentes del grupo, del representante y modalidad o modalidades en las que participe.

 Sólo podrán participar en el concurso aquellos grupos que se encuentren inscritos, en tiempo y forma.

 Artículo 5º. Plazo, Lugar y Modo de Presentación.

El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación en el B.O.P. Sevilla de estas Bases Reguladoras, a partir de las 9 horas y finalizará el 19 de febrero de 2021 a las 14 horas.

Las solicitudes deberán presentarse por el representante del grupo o persona delegada por el mismo, en el Registro de Entrada del Ilmo.  Ayuntamiento  de El   Cuervo,  sito   en   Plaza  de   la   Constitución,  2, o a través de la sede electrónica, para cualquier información pueden dirigirse a la Delegación de fiestas  o  por  correo  electrónico  al  e-mail: fiestascuervo@gmail.com  o  al teléfono 95 597 68 10, extensión 310.

Junto a la solicitud deberá presentarse un vídeo de la actuación por cada modalidad en la que concurse, dicho vídeo deberá ser grabado en formato horizontal con la mayor calidad posible, la presentación de este vídeo se deberá hacer por correo electrónico a fiestascuervo@gmail.com, se podrá utilizar cualquier medio de transferencia de archivos voluminosos (wetransfer, dropbox…)

En la grabación del vídeo se deberán cumplir todas las normas covid, en especial el uso obligatorio de mascarillas y, en el caso de no convivientes, el cumplimiento de la distancia mínima de seguridad, así como el número máximo de personas, se recomienda que la grabación se realice en espacios abiertos o en locales interiores ventilados.

Artículo 6º. Modalidades.

Las modalidades en las que se puede participar son las que habitualmente forman parte del repertorio de una agrupación de carnaval, a excepción del popurrí, pueden ser composiciones originales o de otros autores de carnaval.

Artículo 7º. Representante legal

Es el único portavoz ante el Jurado. Será un miembro de cada grupo. Tendrá las siguientes funciones y competencias:

- Cumplimentar la solicitud de inscripción y hacerla llegar en su plazo.

- Presentar las posibles reclamaciones ante la Delegación de Fiestas, siempre por escrito y debidamente identificado.

Artículo 8º. Emisión de vídeos.

Los vídeos se emitirán en Telecuervo, el viernes, 26 de febrero, en horario por confirmar, el orden de emisión se decidirá según criterios organizativos.

Artículo 9º. El jurado.

Se establece un jurado compuesto por presidente, secretario y dos vocales que será nombrado por Resolución de Alcaldía, que se hará pública, tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Artículo 10º. Presidente.

Se designará presidente a la persona de mayor edad o experiencia dentro de los miembros seleccionados como jurado por la Delegación de Fiestas.

Tendrá las siguientes funciones:

- Cumplirá y hará cumplir las presentes bases.

- Convocará y presidirá el jurado en todas las reuniones necesarias para el desarrollo del concurso.

- Actuará con voz y voto.

- Será el único portavoz del jurado ante la Delegación de Fiestas.

Artículo 11º. Secretario.

Se designará secretario a la persona de menor edad o experiencia dentro de los miembros seleccionados como jurado por la Delegación de Fiestas.

Tendrá las siguientes funciones:

- Dará fe en cuantos documentos sean necesarios.

- Levantará actas de las posibles incidencias del concurso.

- Auxiliará al presidente en el exacto cumplimiento de las bases.

-  Será  responsable  de  las  fichas  de  las  puntuaciones  y  de  toda  la documentación.

- Actuará con voz y voto.

-  Efectuará,  en  presencia  de  los  miembros  del  jurado,  el  recuento  de puntuaciones otorgadas a las agrupaciones.

Artículo 12º. Vocales.

Los vocales del jurado serán dos miembros nombrados por la Delegación de Fiestas. Actuarán con voz y voto.

Artículo 13º. Incompatibilidad del Jurado.

Se considerarán como incompatibles los siguientes hechos o actos:

- Ser responsable legal, autor, director o componente de algún grupo que concurse.

- Ser familiar en primer grado de consanguinidad o afinidad de algún miembro o componente de cualquier grupo que concurse.

Artículo 14º. Actuaciones y deliberaciones del Jurado.

El  jurado  estará  formado  oficialmente  cuando  concurra  la  presencia  del presidente, el secretario y todos los vocales.

Al  comienzo  de  la  actuación  de  cada  grupo,  el  presidente  y  los  vocales recibirán del secretario las fichas de puntuaciones que, una vez cumplimentadas, serán devueltas al finalizar la actuación de la agrupación.

Todas las deliberaciones del jurado serán secretas.

Previa convocatoria del presidente, el jurado se reunirá para estudiar y pronunciarse sobre las posibles reclamaciones referentes al concurso hechas por los representantes legales.

Artículo 15º. Fallo del Jurado.

Una vez concluida la emisión de vídeos y, en el menor tiempo posible, se hará público el fallo del jurado, el cual será inapelable.

 

Artículo 16º. Premios.

Las cuantías de los premios del concurso serán de: Presentación: 200 €

Pasodoble: 200 €

Cuplés: 200 €

A los premios indicados se le aplicarán las retenciones que procedan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de acuerdo con la vigente legislación.

Artículo 17º. Puntuaciones

PRESENTACIÓN  0-10  10
PASODOBLE      0-15  15
CUPLÉS            0-10 (x2) 20
 

Artículo 18º. Forma de pago

El pago de los premios, a partir del 10 de marzo, mediante transferencia bancaria una vez finalizado el concurso y comprobado que se ha cumplido todo lo dispuesto en las presentes bases.

Artículo 19º. Forma de justificación

Actas del jurado en la que se indique los premios que obtienen cada uno de los grupos participantes en las distintas modalidades de concurso establecidas.

Artículo 20º. Aclaraciones

El Jurado y la Delegación de Fiestas tendrán potestad y capacidad de decisión ante cualquier incidencia, circunstancia o acontecimiento que surgiese y no estuviese recogida en las presentes Bases.

La Delegación de Fiestas se reserva el derecho de suprimir, aumentar o modificar estas normas, si lo considerase oportuno para el mejor realce de este concurso.

 

BASES DEL CONCURSO LOCAL INFANTIL DE COPLAS ONLINE DE CARNAVAL 2021

 

Con motivo de la próxima edición del Carnaval 2021, y debido a la incidencia de la pandemia de Covid ’19, la Delegación de Fiestas convoca el Concurso local Infantil de Coplas online de carnaval, de acuerdo con las siguientes bases reguladoras:

Artículo 1º. Objeto y finalidad de la convocatoria.

Otorgar los premios del Concurso local infantil de Coplas online de carnaval 2021.

Artículo 2º. Aplicación presupuestaria.

El importe de los premios se cargará a la aplicación presupuestaria 05 338 481 00 Premios y becas.

Artículo 3º. Modalidades e inscripción.

Dada la especial situación en que nos encontramos, el concurso va dirigido a grupos de un máximo de cuatro personas, con una edad máxima de 14 años cumplidos en el año 2020, que podrán participar en las siguientes modalidades:

- Presentación.

- Pasodoble.

- Tanda de Cuplés.

Artículo 4º. Inscripciones.

La inscripción deberá realizarse en el modelo oficial facilitado por el Ilmo. Ayuntamiento de El Cuervo de Sevilla (Anexo 1), en adelante Ayuntamiento, cumplimentando todos sus apartados, datos de todos los componentes del grupo, del representante y modalidad o modalidades en las que participe.

Sólo podrán participar en el concurso aquellos grupos que se encuentren inscritos, en tiempo y forma.

Artículo 5º. Plazo, Lugar y Modo de Presentación.

El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación en el B.O.P. Sevilla de estas Bases Reguladoras, a partir de las 9 horas y finalizará el 19 de febrero de 2021 a las 14 horas.

 Las solicitudes deberán presentarse por el representante del grupo o persona delegada por el mismo, en el Registro de Entrada del Ilmo.  Ayuntamiento  de El   Cuervo,  sito   en   Plaza  de   la   Constitución,  2, o a través de la sede electrónica, para cualquier información pueden dirigirse a la Delegación de fiestas  o  por  correo  electrónico  al  e-mail:  fiestascuervo@gmail.com  o  al teléfono 95 597 68 10, extensión 310.

Junto a la solicitud deberá presentarse un vídeo de la actuación por cada modalidad en la que concurse, dicho vídeo deberá ser grabado en formato horizontal con la mayor calidad posible, la presentación de este vídeo se deberá hacer por correo electrónico a fiestascuervo@gmail.com, se podrá utilizar cualquier medio de transferencia de archivos voluminosos (wetransfer, dropbox…)

En la grabación del vídeo se deberán cumplir todas las normas covid, en especial el uso obligatorio de mascarillas y, en el caso de no convivientes, el cumplimiento de la distancia mínima de seguridad, así como el número máximo de personas, se recomienda que la grabación se realice en espacios abiertos o en locales interiores ventilados.

Artículo 6º. Modalidades.

Las modalidades en las que se puede participar son las que habitualmente forman parte del repertorio de una agrupación de carnaval, a excepción del popurrí, pueden ser composiciones originales o de otros autores de carnaval.

Artículo 7º. Representante legal

Es el único portavoz ante el Jurado. Será un miembro de cada grupo. Tendrá las siguientes funciones y competencias:

- Cumplimentar la solicitud de inscripción y hacerla llegar en su plazo.

- Presentar las posibles reclamaciones ante la Delegación de Fiestas, siempre por escrito y debidamente identificado.

Artículo 8º. Emisión de vídeos.

Los vídeos se emitirán en Telecuervo, el viernes, 26 de febrero, en horario por confirmar, el orden de emisión se decidirá según criterios organizativos.

Artículo 9º. El jurado.

Se establece un jurado compuesto por presidente, secretario y dos vocales que será nombrado por Resolución de Alcaldía, que se hará pública, tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Artículo 10º. Presidente.

Se designará presidente a la persona de mayor edad o experiencia dentro de los miembros seleccionados como jurado por la Delegación de Fiestas.

Tendrá las siguientes funciones:

- Cumplirá y hará cumplir las presentes bases.

- Convocará y presidirá el jurado en todas las reuniones necesarias para el desarrollo del concurso.

- Actuará con voz y voto.

- Será el único portavoz del jurado ante la Delegación de Fiestas.

Artículo 11º. Secretario.

Se designará secretario a la persona de menor edad o experiencia dentro de los miembros seleccionados como jurado por la Delegación de Fiestas.

Tendrá las siguientes funciones:

- Dará fe en cuantos documentos sean necesarios.

- Levantará actas de las posibles incidencias del concurso.

- Auxiliará al presidente en el exacto cumplimiento de las bases.

-  Será  responsable  de  las  fichas  de  las  puntuaciones  y  de  toda  la documentación.

- Actuará con voz y voto.

-  Efectuará,  en  presencia  de  los  miembros  del  jurado,  el  recuento  de puntuaciones otorgadas a las agrupaciones.

Artículo 12º. Vocales.

Los vocales del jurado serán dos miembros nombrados por la Delegación de Fiestas. Actuarán con voz y voto.

Artículo 13º. Incompatibilidad del Jurado.

Se considerarán como incompatibles los siguientes hechos o actos:

- Ser responsable legal, autor, director o componente de algún grupo que concurse.

- Ser familiar en primer grado de consanguinidad o afinidad de algún miembro o componente de cualquier grupo que concurse.

Artículo 14º. Actuaciones y deliberaciones del Jurado.

El  jurado  estará  formado  oficialmente  cuando  concurra  la  presencia  del presidente, el secretario y todos los vocales.

Al  comienzo  de  la  actuación  de  cada  grupo,  el  presidente  y  los  vocales recibirán del secretario las fichas de puntuaciones que, una vez cumplimentadas, serán devueltas al finalizar la actuación de la agrupación.

Todas las deliberaciones del jurado serán secretas.

Previa convocatoria del presidente, el jurado se reunirá para estudiar y pronunciarse sobre las posibles reclamaciones referentes al concurso hechas por los representantes legales.

Artículo 15º. Fallo del Jurado.

Una vez concluida la emisión de vídeos y, en el menor tiempo posible, se hará público el fallo del jurado, el cual será inapelable.

Artículo 16º. Premios.

Dado el carácter del concurso, con la participación de menores, se entregará un premio a cada grupo participante consistente en material escolar o juguetes, para lo cual se cuenta con un presupuesto de cuatrocientos euros (400 €) en total.

Artículo 17º. Puntuaciones

PRESENTACIÓN 0-10  10
PASODOBLE      0-15  15
CUPLÉS            0-10 (x2) 20
 

Artículo 18º. Forma de pago

Los premios se harán llegar a los domicilios de los representantes de los grupos la semana siguiente a la emisión de los vídeos.

Artículo 19º. Forma de justificación

Actas del jurado en la que se indique los premios que obtienen cada uno de los grupos participantes en las distintas modalidades de concurso establecidas.

Artículo 20º. Aclaraciones

El Jurado y la Delegación de Fiestas tendrán potestad y capacidad de decisión ante cualquier incidencia, circunstancia o acontecimiento que surgiese y no estuviese recogida en las presentes Bases.

La Delegación de Fiestas se reserva el derecho de suprimir, aumentar o modificar estas normas, si lo considerase oportuno para el mejor realce de este concurso.

 

 

 

Bases concurso coplas Adultos e Infantil
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